Submedida 11.1: Pago para el cambio a prácticas y métodos de agricultura ecológica.
La ayuda prevista en el marco de la presente medida se concederá por hectárea de superficie agrícola a los agricultores que se comprometan voluntariamente a adoptar prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo y que reúnan la condición de agricultor activo según lo establecido en el capítulo I del título II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
Las ayudas se concederán anualmente y compensarán a los beneficiarios por la totalidad de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos como consecuencia de los compromisos suscritos.
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