Submedida 13.2: Pagos compensatorios para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables.
En virtud de esta submedida se compensará a los agricultores que desarrollen su actividad en zonas con limitaciones naturales distintas a las de montaña y que vean reducida su producción, con el fin de fomentar el mantenimiento de la actividad, evitar el abandono de tierras, conservar el medio rural y la biodiversidad y apoyar sistemas de agricultura sostenible.
Esta medida compensa a los agricultores en zonas con limitaciones distintas a las de montaña por la totalidad o una parte de los costes adicionales y de las pérdidas de ingresos derivadas de la producción agrícola en dichas zonas.
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